El despojo de su patrimonio personal es un delito, en el Código Penal se encuentran diversos delitos que personas inescrupulosas cometen para afectar el patrimonio que usted ha construido para usted o su familia. Entre ellos se encuentran delitos como la Falsedad Ideológica, Falsedad Material y Estafas, entre otros.
Por ejemplo, cualquier persona, al momento del otorgamiento, autorización o formalización de un documento público, puede proveer información o declaraciones falsas con la finalidad de obtener un beneficio.
¿CÓMO SE CONSIDERA LA FALSIFICACIÓN DE UN INSTRUMENTO PÚBLICO?
El artículo 322 del Código Penal regula el delito de falsedad ideológica, cuando cualquier persona inserta o hace insertar declaraciones falsas concernientes a un hecho que el documento debe probar, de modo que pueda resultar en perjuicio. Esto ocurre en el otorgamiento, autorización o formalización de un documento público. Es decir, el delito se comete cuando una persona inserta información no real en un documento público con el fin de engañar a terceras personas.
¿QUIÉNES PUEDEN COMETER EL DELITO DESPOJO DE SU PATRIMONIO PERSONAL?
Cualquier persona puede cometer el delito de falsedad ideológica al suscribir un documento público. La participación y cooperación en la falsificación se da al actuar directamente en la falsificación, no solo insertando información falsa, sino también falsificando la firma de una persona. La pena por cometer este delito es de prisión de dos a seis años.
¿POR QUÉ BUSCAR ASESORÍA LEGAL?
Si usted es víctima de este tipo de delito, corre el riesgo de perder el patrimonio que ha construido a lo largo de su vida. Por esta razón, es necesario pelear por sus derechos, asesorado bajo la confianza y experiencia que puede ofrecerle IMPULSO LEGAL GUATEMALA. Nuestros abogados pueden desarrollar un planteamiento estratégico para procurar la obtención de una pena legal, recuperar su patrimonio y resarcir los daños ocasionados.
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